El artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal establece que las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal participarán 100% (hasta 2013 era 80%), en la recaudación que se obtenga del Impuesto Sobre la Renta (ISR) que efectivamente enteren a la Federación, correspondiente al salario del personal que preste o desempeñe un servicio personal subordinado en las dependencias de la entidad federativa, del municipio o demarcación territorial del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), así como en sus respectivos organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales.
ISR Artículo 3°B de la Ley de Coordinación Fiscal
Frecuencia de actualización:
Anual
Tipo | Nombre | Fecha | Actualizado en: | Actualizado por: |
ISR 2023 | 31/12/2023 | 14/03/2024 | Silvia Cervantes Gutiérrez |